Luis Gomez

·
No, Cuba no es el único país donde publicar imágenes, videos o datos personales de funcionarios públicos o agentes de policía en redes sociales puede constituir un delito o una infracción grave. Varias naciones de distintas regiones aplican sanciones administrativas, multas o penas de cárcel bajo diversas figuras legales:
- España: La Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana (conocida como «Ley Mordaza») califica como infracción grave el uso o difusión no autorizada de imágenes o datos personales de los miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad que puedan poner en riesgo su seguridad personal o la de sus instalaciones, acarreando multas de entre 601 y 30.000 euros.
- Países Bajos: Entró en vigor una ley específica contra el doxing que penaliza la difusión de datos personales, imágenes o direcciones de funcionarios públicos, policías, jueces y políticos en redes con la intención de intimidar o acosar, imponiendo penas de hasta 2 años de prisión.
- Alemania: El Código Penal (Sección 126a) sanciona con hasta 2 a 3 años de prisión la divulgación de datos e imágenes de personas o funcionarios cuando la publicación está orientada a exponerlos a agresiones, acoso o represalias.
- Hong Kong: Las reformas a las leyes de privacidad tipifican la difusión no autorizada de información o imágenes de policías y empleados estatales para intimidar o causar daño psicológico, con penas de hasta 5 años de cárcel.
- Emiratos Árabes Unidos y Arabia Saudita: Sus leyes de ciberdelincuencia prohíben de forma estricta fotografiar, grabar o publicar cualquier video de empleados públicos o agentes de seguridad en redes sociales sin su consentimiento previo, con penas de prisión, altas multas y deportación para extranjeros.
Aunque el alcance legal y el contexto de aplicación varían según el sistema jurídico de cada país (desde la protección de datos personales y la prevención del acoso hasta el control de la información pública), la restricción sobre publicar a funcionarios públicos no es exclusiva de Cuba.